Normas

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO C.D. QUIRINAL

1. INTRODUCCIÓN

1.1. OBJETIVOS

El C.D. Quirinal tiene como objetivo fundamental la formación integral del niño/a, adolescentes, así como de aficionados, mediante la aplicación de un plan que le facilite la adquisición de ciertos hábitos: la generosidad, el compañerismo, la responsabilidad y la deportividad.

Por ello, cualquier recomendación, norma, sanción o actuación, emanada de la Junta Directiva, sólo tiene como finalidad contribuir a la adecuada formación de la personalidad y valores humanos de todos y cada uno de los integrantes del club, a través del deporte.

Para llevar efecto este plan, el C.D. Quirinal ha creado una estructura organizativa compuesta por directivos, coordinadores, entrenadores y colaboradores que, basándose en el objetivo fundamental anteriormente expuesto y apoyándose en una serie de procedimientos de actuación, tienen a su cargo las siguientes responsabilidades básicas:
a)      La formación, tanto técnica como táctica, el carácter deportivo, de todos los componentes a su cargo.
b)      La Gestión, control y seguimiento de equipos y jugadores, en todas las categorías y edades.
c)      La representación del Club ante las distintas entidades y ante la Federación Asturiana de Fútbol.
d)      Mantener el prestigio deportivo del Club en cada categoría y competición en las que participe cualquier equipo a su cargo.

1.2. PROCEDIMIENTOS

Dado el elevado número de integrantes del Club se hace necesario la implantación de una serie de normas de actuación en forma de reglamento, cuyo cumplimiento, por parte de todos, permita favorecer la formación integral del deportista y, en consecuencia,  alcanzar los objetivos previstos.
Este reglamento ha sido redactado con la intención de prever la mayor parte de los acontecimientos que se producen cotidianamente, de tal forma que a cada situación le corresponda una actuación apropiada y definida con antelación.
No obstante, con el transcurso del tiempo y tomando como base las nuevas situaciones que puedan producirse se deberán introducir las correspondientes variaciones y ampliaciones, para lo cual siempre se tendrá en cuenta las opiniones y experiencias de cualquier miembro del Club.

Todas aquellas personas que integran la disciplina del club se comprometen a conocer y cumplir el presente Reglamento de Régimen Interno. La ignorancia de la normativa presente no exime de su cumplimiento.

1.3. ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El contenido de este reglamento es de obligado seguimiento y cumplimiento de todos los integrantes del club:

  • Junta Directiva
  • Coordinador Deportivo
  • Entrenadores
  • Delegados
  • Jugadores
  • Padres/madres y familiares.

1.4. NORMA GENERAL APLICABLE

A todos los efectos, los coordinadores, los entrenadores, los delegados y los jugadores serán responsables directos de las acciones punibles cometidas por sus familiares, amigos, conocidos o de cualquier persona relacionada con ellos. El incumplimiento, por parte de las personas relacionadas en el apartado anterior de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Reglamento y, especialmente, las relativas a:

  • El respeto y cumplimiento de las normas y reglamentos de las competiciones.
  • La falta de dedicación, esfuerzo o interés necesarios para el desarrollo de la actividad deportiva.
  • El respeto de la imagen del Club.

facultará al Club para imponer a la persona directamente responsable, las pertinentes sanciones, pudiendo incluso (y en los casos de reiteración o extrema gravedad) expulsarle del equipo.

2. LA JUNTA DIRECTIVA

La junta directiva del C.D. Quirinal estará compuesta por un mínimo de 6 personas, pudiendo ampliarse en la medida que las necesidades demanden.

  • El objetivo prioritario de sus componentes es procurar un funcionamiento coherente y ordenado del club.
  • Es requisito indispensable de todos los miembros además de el de ser socio, su compromiso desinteresado en sus tareas, así como la máxima implicación y responsabilidad.
  • Es función de todos sus componentes la búsqueda de los recursos económicos necesarios que complementen los ingresos de los socios y otros.
  • Velará por el cumplimiento del presente reglamento, se reunirá con carácter ordinario, así como extraordinariamente cuando la situación lo requiera.
  • Debería resolver la interpretación de las cuestiones que se derivan del presente reglamento

Organigrama:

  • Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario y Vocales

3. COORDINADORES DEPORTIVOS

Son elegidos, o destituidos, por el Presidente, dependiendo directamente de éste.

  • Tienen como objetivo fundamental la gestión, seguimiento y control de clubes y jugadores (incluyendo los del C.D. Quirinal), en las categorías y edades que tiene asignado, vigilando el adecuado cumplimiento de la formación integral de todos y cada uno de los jugadores.
  • Podrán ejercer, simultáneamente, cualquier otra actividad relacionada con el Club.
  • A principio de cada temporada deben fijar, junto con sus colaboradores, los objetivos de cada equipo.
  • Dirigirán los grupos de trabajo que formen los equipos.
  • Programarán las actividades que desarrollen.
  • Planificarán las competiciones en las que participe el Club.
  • Planificarán las áreas deportivas que el Club considere necesarias.
  • Participarán activamente en el control y seguimiento de la labor que desempeñen los entrenadores, realzando las correspondientes recomendaciones técnicas.
  • Formarán parte con voz y voto de las Comisiones Disciplinarias que se establezcan.
  • Redactarán informes de aquellos aspectos deportivos que lo requieran
  •  Los Coordinadores de fútbol tienen la facultad de cesar en su cargo a cualquier entrenador que no cumpla sus responsabilidades y responder de los mismos.
  • Estarán siempre en disposición de solventar cualquier duda, comentario, petición o reclamación de los entrenadores, jugadores, padres, madres o tutores.
  • Tienen la obligación de guardar las mismas formas, compostura y respeto exigidos a cualquier otro miembro del Club.
  • Los coordinadores están obligados a cumplir las recomendaciones y obligaciones que les son asignadas por el presente Reglamento.

4. ENTRENADORES

Por su proximidad al jugador, constituyen el núcleo esencial de su formación y gozan de la absoluta confianza. Por consiguiente:

  1. Cada entrenador tiene la obligación de guardar las formas, respeto y compostura adecuada, hacia el resto de componentes del Club, árbitros, equipos contrarios y público en general asistente a los partidos en que participe.
  2. Conocer y velar por el correcto cumplimiento del presente Reglamento.
  3. Se responsabilizarán de la formación tanto teórica, técnica y práctica, como la de carácter personal y deportivo, de todos los componentes de su equipo.
  4. Procurarán mantener el prestigio deportivo del Club, en cada categoría y competición en las que participe cualquier equipo que tenga a su cargo.
  5. Mantener la disciplina del equipo aplicando el régimen disciplinario del Club en el ámbito de su competencia.
  6. Cumplir con los horarios de entrenamiento existentes.
  7. Cuidar de que su equipo utilice de forma adecuada las instalaciones deportivas que utiliza
  8. Formar parte de las comisiones que la Junta Directiva y/o Coordinación Deportiva estime convenientes.
  9. Participar, salvo causa justificada, en todas las actividades programadas, así como en aquellas a las que sea debidamente convocado.
  10. Llevar siempre el equipamiento deportivo adecuado a la actividad que se trate.
  11. No utilizará, en ningún momento, ni en ningún acto (tanto público como privado), ni escrito, ni grabado, ni en ningún otro medio (internet, web, blog, etc.), ni ropa o material deportivo serigrafiado o grabado, el nombre del Club Deportivo Quirinal, sin expreso permiso del Presidente del Club.
  12. Mantener personal y deportivamente una conducta digna y respetuosa con los distintos estamentos y miembros del Club.
  13. Siempre que sea necesario actuará de enlace entre los padres y el coordinador del Club.
  14. Tiene la obligación de conocer el Reglamento de la Federación Asturiana  de Fútbol, así como de informar sobre el mismo a los jugadores que se entrena.
  15. Tiene la obligación de colocar y guardar los elementos necesarios para el desarrollo de entrenamientos y partidos (balones, conos, petos, porterías, etc.)
  16. El Coordinador de fútbol tiene la facultad de cesar en su cargo a cualquier entrenador que no cumpla sus responsabilidades y responder de los mismos.
  17. Avisar con la suficiente antelación cuando no se pueda asistir a un entrenamiento, partido o evento para ser sustituido por otro entrenador o el Coordinador.
  18. No suspender o modificar horarios de entrenamientos sin el conocimiento de la Dirección Deportiva.
  19. Realizarán unas fichas físicas y técnicas de todos los jugadores para evaluar su progresión.
  20. Podrán quitar la capitanía al jugador que la ejerza, si no cumple sus funciones adecuadamente.
  21. Tiene la potestad y capacidad para sancionar a los jugadores que no cumplan con sus responsabilidades, según lo indicado en el presente Reglamento.
  22. Las sanciones que podrá imponer el entrenador son las siguientes:
  • Expulsión del entrenamiento.
  • Retirada del partido.
  • Los entrenadores podrán suspender un entrenamiento si, a su juicio, la actitud de los jugadores no es la adecuada.

 5.    DELEGADOS

  1. El delegado de equipo en el Club Deportivo Quirinal, será nombrado por el Sr. Presidente a propuesta del Coordinador Deportivo.
  2. El delegado será el máximo responsable del equipo ante la Junta Directiva, salvo en la parte deportiva, que será del entrenador y Director Deportivo. No obstante y en todos los casos, el delegado depende directamente del Presidente del Club.
  3. Será el representante oficial del Club en todos los partidos que se dispute, siendo el enlace entre el entrenador, el equipo contrario y el árbitro.
  4. Coordinará con la administración del Club en los horarios de viajes y comidas, si las hubiera.
  5. Coordinará con el Presidente las salidas a partidos que requieran pernoctar, así como los hoteles, comidas, etc.
  6. Llevará directamente el control de sus jugadores fuera de la parcela deportiva y la atención a los mismos.
  7. Será responsabilidad suya el informar puntualmente de todo lo que rodee al equipo (padres, madres o tutores, sanciones, comportamiento en entrenamientos y partidos, etc.)
  8. Será el responsable directo, y llevará el control de la equipación del equipo, tanto la de paseo como la de competir o entrenar (los balones serán responsabilidad directa del entrenador), estando obligado a acudir a los partidos y actos en que represente al Club con la ropa oficial del Club Deportivo Quirinal.
  9. En todo momento, estará impuesto en la normativa federativa y sus posibles cambios o modificaciones, así como en el Reglamento de Disciplina Interna del Club.
  10. Colaborará, siempre que le sea posible, en aquellas funciones que requiera el entrenador.
  11. Formará parte de las comisiones deportivas u otras que el Director Deportivo o el Presidente del Club consideren oportunas.
  12. No utilizará, en ningún momento, ni en ningún acto (tanto público como privado), ni escrito, ni grabado, ni en ningún otro medio (internet, web, blog, etc.), ni ropa o material deportivo serigrafiado o grabado, el nombre del Club Deportivo Quirinal, sin expreso permiso del Presidente del Club.
  13. Es de obligado cumplimiento, ante un partido, el recoger las fichas del equipo los viernes y entregarlas, inexclusivamente, los lunes en las oficinas del Club, entregando, así mismo, debidamente cumplimentado, el parte oficial del club, con las posibles incidencias, así como un detalle general de los jugadores más destacados del equipo rival.
  14. Será el responsable del reparto y control de las posibles rifas/loterías que el Club reparta, así como el cobro de los autobuses.
  15. Asimismo, y como norma general, colaborará y estará a disposición del Club, en cuantos acontecimientos, tanto deportivos, culturales de ocio, etc., requieran su ayuda o presencia.
  16. Colaborará con el responsable del Material Deportivo, en la entrega y recogida de la equipación, botiquín, etc.; y velará por su estado y mantenimiento, llevando un control del mismo e informando en caso de deterioro, pérdida o robo.
  17. Conocer y velar por el correcto cumplimento del presente Reglamento.

6.    JUGADORES

Todos los jugadores y padres tienen que entender que han firmado un compromiso con el CLUB DEPORTIVO QUIRINAL, en la categoría correspondiente, independientemente de cual sea la letra del equipo, por tanto será decisión de los responsables técnicos decidir donde juegan los niños/as o jóvenes así como entender que el pago de la cuota no comporta la convocatoria o alineación en los partidos.

El objetivo fundamental debe ser el formarse como personas, en ámbitos humanos, intelectuales, sociales, morales y deportivos a través de la práctica del fútbol. Así como la creación de vínculos de amistad con los compañeros de su equipo, y del resto de jugadores de esta entidad deportiva para reforzar el sentimiento del Club Deportivo Quirinal:

  • Cada jugador tiene la obligación de guardar el aspecto, compostura, respeto y formas adecuadas, hacia los componentes del equipo y del Club, árbitros, equipo contrario y público en general que asista a los partidos en que participe.
  • El jugador está obligado a cumplir las recomendaciones y obligaciones que dicta el presente Reglamento, así como aquellas que se le pudieran dar en determinadas circunstancias.
  • Justificar, comunicándolo a su entrenador con la debida antelación, las ausencias a entrenamientos y partidos en aquellos casos que no pueda acudir.
  • Acatar con respeto las sanciones disciplinarias a las que pudiera ser sometido.
  • Asistir con puntualidad a los entrenamientos y eventos deportivos que sean convocados, debiendo estar preparados a la llegada de los entrenadores (cambiarse con antelación).
  • Deben portar con dignidad, orgullo y respeto los uniformes institucionales en los eventos programados.
  • Observa las más comunes normas de higiene y salud.
  • Tanto para el entrenamiento como para el partido, el jugador debe cambiarse en el vestuario.
  • Es el responsable de cuidar la equipación que se le entrega para la temporada.
  • Cuidará el material y las instalaciones tanto propias como de equipos contrarios.
  • Es obligatorio acudir con la equipación oficial de paseo del Club a los partidos y actos relacionados con el mismo.
  • En los desplazamientos en autocar ocuparán la parte delantera del mismo, quedando la parte trasera a disposición de lo que determine el Club.
  • No utilizará, en ningún momento, ni en ningún acto (tanto público como privado), ni escrito, ni grabado, ni en ningún otro medio (internet, web, blog, etc.), ni ropa o material deportivo serigrafiado o grabado, el nombre del Club Deportivo Quirinal, sin expreso permiso del Presidente del Club.

7.    PADRES, MADRES Y TUTORES

  • La Inscripción de un deportista en el Club supone el conocimiento y la aceptación por parte de los Padres/Madres o Tutores del tipo de actividad que el Club ofrece y, en particular, le compromete a respetar el ideario y demás normativa del mismo así como procurar que sus hijos lo respeten.
  • Los Padres tiene derecho, previa petición, a ser informados de la marcha deportiva y comportamiento de sus hijos.
  • Al principio de cada temporada facilitarán los datos identificativos administrativos y autorizaciones pertinentes que el Club les solicite.
  • Se responsabilizarán de que la documentación que les solicite el Club esté en vigor y se entregue en los plazos estipulados.
  • Se comprometen a efectuar los pagos de las cuotas acordadas y requeridas por el Club en la forma y plazos establecidos.
  • La devolución de cualquiera de estos pagos supone la retirada de la ficha por parte de la Junta Directiva, hasta su pago con los cargos correspondientes (comisiones y/o intereses)
  • Cualquier duda, comentario, petición o reclamación deberán comunicarla al entrenador o delegado del equipo quien, en caso de no poder solventar la incidencia, la pondrán en conocimiento del coordinador y presidente.
  • Procurarán, en la medida de sus posibilidades, acompañar y colaborar con el desplazamiento de los jugadores a los campos ajenos.
  • Tienen prohibido el acceso a los vestuarios.
  • Acudir a cuantas reuniones que sean convocados por el Club.
  • Durante el desarrollo de los entrenamientos o partidos, incluso en los descansos y desplazamientos en autocar, se abstendrán en todo momento de aconsejar, recomendar o hacer cualquier observación, tanto a jugadores como a entrenadores.
  • Los derechos y obligaciones de los padres, madres y/o tutores, recogidos en el presente reglamento de Régimen Interno, se entenderán referidos, en el caso de ausencia de éstos, al tutor o representante legal del jugador.
  • Adquirirán el compromiso de colaborar en la venta de loterías-rifas del Club facilitando a este los importes debidos a la asignación que el Club haga de jugador.
  • No utilizará, en ningún momento, ni en ningún acto (tanto público como privado), ni escrito, ni grabado, ni en ningún otro medio (internet, web, blog, etc.), ni ropa o material deportivo serigrafiado o grabado, el nombre del Club Deportivo Quirinal, sin expreso permiso del Presidente del Club.

8.    PLANTILLAS

  • Como principio fundamental se establece que cada jugador, desde el momento que entran a formar parte de una plantilla, queda a la entera disposición del Club.
  • El jugador que forme parte de una plantilla, pertenecerá en ella en tanto no decida libremente marcharse, salvo en el caso de expulsión por incumplimiento de normas, en cuyo caso, perderá todos sus derechos.
  • Será responsabilidad del Coordinador la adjudicación de cada jugador que quiera incorporarse a la disciplina del Club, a la plantilla que considere oportuna y del cambio de equipo.
  • Los jugadores que se incorporen a la plantilla una vez comenzada la temporada tendrán los mismos derechos y obligaciones que el resto de la plantilla.
  • Cualquier jugador que participe con otros clubes, asociaciones, etc., de cualquier tipo o condición, en torneos, partidos, entrenamientos, o cualquier acto, aún siendo de carácter amistoso, sin autorización del Club Deportivo Quirinal, incurrirá en falta muy grave.

9.    EQUIPACIONES Y MATERIAL

9.1. EQUIPACIONES

                          1. Los jugadores y técnicos quedan obligados a utilizar en concentraciones, desplazamientos, entrenamientos, partidos y, en general, en cualquier actividad que el Club considere oficial, la uniformidad y material que el Club les facilite.
                          2. Queda terminantemente prohibido el uso de material o vestuario distinto al del Club en los partidos oficiales u otras en las que el Club participe.
                          3. Las botas, espinilleras, rodilleras, guantes, serán elección personal de cada jugador, siendo por su cuenta la adquisición de este material.
                          4. La compra de material deportivo auxiliar que no sea facilitado por el Club y que no esté prohibido, será por cuenta de los jugadores y/o técnicos.
                          5. A excepción de la camiseta, el resto de equipamiento que se entregue a los jugadores será de su propiedad.
                          6. Todo el material deportivo y equipamiento que se entregue a los técnicos será propiedad del Club, a excepción de aquellas prendas o materiales que el Club disponga.

9.2. CONSERVACIÓN DEL EQUIPAMIENTO Y MATERIAL

                          1. A lo largo de la temporada, el jugador es responsable del cuidado y conservación del equipamiento adjudicado, debiendo mantenerlo limpio y en perfecto estado.
                          2. Igualmente, el técnico es responsable del cuidado y conservación de los materiales y equipamiento adjudicados.
                          3. En el caso de cualquier prenda o material se rompa o deteriore, deberá comunicarse al entrenador o coordinador para su reposición o reparación.

10.    VESTUARIO Y BANQUILLOS

 10-1. EL VESTUARIO

El vestuario, ya sea propio o ajeno, tiene una doble utilización. Por una parte se emplea para que los jugadores se cambien de ropa antes y después de los partidos y, por otra, para recibir instrucciones, intercambiar opiniones y solucionar problemas internos relacionados con el equipo constituyendo, por consiguiente, el lugar de mayor intimidad para el jugador.

Por ello y dado que, además, los vestuarios que se utilizan no son propiedad del Club y deben ser utilizados por otros equipos, es necesaria la aplicación de las siguientes normas:

                            1. El vestuario, ya sea propio o ajeno, queda destinado para uso exclusivo de jugadores y técnicos.
                            2. Cada jugador deberá mantener las instalaciones limpias y en perfectas condiciones.
                            3. La actitud del jugador dentro del vestuario, propio o ajeno, deberá ser correcta en todo momento, sin producir destrozos o altercados.
                            4. El incumplimiento de las normas anteriores, será considerado como falta grave y se comunicará al Coordinador y al Delegado.
                            5. Es obligación de cada jugador responsabilizarse de su equipamiento y ropa personal, evitando desorden y extravíos.

10.2. EL BANQUILLO

Por estar situado en el terreno de juego, sus integrantes quedan sujetos al Reglamento de Juego de la Federación Asturiana de Fútbol, no obstante:

                            1. Queda prohibida la presencia en el banquillo de cualquier persona ajena al desarrollo del partido que se está jugando en ese momento.
                            2. Cada jugador tiene la obligación de guardar las formas y la compostura adecuada, teniendo en cuenta que está representando al Club.
                            3. El incumplimiento de la norma anterior será considerada como falta grave y se comunicará al Coordinador y a la Junta Directiva.

11. EL CAPITÁN DEL EQUIPO

11.1. DESIGNACIÓN

                            1. Cada equipo designará un capitán para la temporada utilizando el método que considere más apropiado su entrenador.
                            2. El sistema a seguir para la designación podrá ser modificado por el entrenador cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.
                            3. En determinadas circunstancias se podrá quitar la capitanía al jugador que la ejerza, si no cumple sus funciones adecuadamente.

11.2. FUNCIONES

            1. El capitán es el enlace entre el entrenador y sus compañeros y, a la vez, portavoz de éstos.
            2. En determinadas circunstancias, y por causas de fuerza mayor, deberá realizar funciones asignadas al entrenador (dirigir entrenamientos, calentamientos, etc.)
            3. Dará ejemplo de comportamiento, dedicación, esfuerzo y motivación, tanto en los entrenamientos como en los partidos, así como en cualquier circunstancias y lugar en que se encuentre su equipo.
            4. A partir de la categoría alevín deberá conocer y asumir adecuadamente los derechos y obligaciones que, por su condición, le otorga el Reglamento de Juego de la Federación Asturiana de Fútbol.

12. ENTRENAMIENTOS

El entrenamiento constituye la base fundamental de la formación técnica, física, teórica y estratégica del jugador y del equipo teniendo, lógicamente, una elevada repercusión en el posterior transcurso de los partidos.

12.1. LUGAR Y HORARIO

              1. Los días y horas de entrenamiento de cada equipo, se designarán por la Junta Directiva al principio de cada temporada, teniendo en cuenta el número de equipos, calendario de las competiciones y disponibilidad de las instalaciones.
              2. Los entrenamientos se realizarán siempre en las instalaciones asignadas al Club, excepto en ocasiones puntuales que motiven su ocupación para otros eventos, o en aquellos casos que el entrenador considere necesario.
              3. Los días y horarios de entrenamiento asignados a cada equipo podrán ser modificados por necesidad de los entrenadores o disponibilidad de las instalaciones, avisando con anterioridad a los jugadores afectados si es posible.
              4. Los entrenadores podrán cancelar o suspender un entrenamiento si, a su juicio, las condiciones climáticas no son las adecuadas para los jugadores.

12.2. PROCEDIMIENTO

              1. Es obligatoria la asistencia de cada jugador a los entrenamientos convocados.
              2. Las faltas excepcionales e inevitables (enfermedad, imprevistos, etc.) deberán comunicarse al entrenador.
              3. Los jugadores deberán estar preparados y equipados para dar comienzo al entrenamiento con rigurosa puntualidad.
              4. Las ausencias a los entrenamientos deberán estar justificadas y comunicadas con la debida antelación al día en que se produzcan.
              5. Las ausencias motivadas por causas de fuerza mayor, debidamente justificadas, no serán motivo de sanción.
              6. El jugador deberá observar en los entrenamientos el comportamiento, disciplina, dedicación, esfuerzo y motivación adecuados para su propio beneficio y para el del resto del equipo.
              7. Durante el desarrollo del entrenamiento, el jugador atenderá a las instrucciones y recomendaciones en su entrenador o ayudante.

13. PARTIDOS

13.1. CONVOCATORIAS

                1. La fecha y hora de la celebración de cada partido, con indicación del lugar, equipo contrario y hora de la convocatoria, deberá estar expuesta con la suficiente antelación en el Tablón de anuncios del Club.
                2. Será obligación de cada jugador asegurarse de la hora y lugar de la celebración del partido con la antelación suficiente.
                3. Cada jugador deberá estar presente en el lugar de citación a la hora de la convocatoria fijada por su entrenador.
                4. Las faltas excepcionales e inevitables (enfermedad, imprevistos, etc.) deberán comunicarse al entrenador lo antes posible.
                5. Las ausencias a los partidos deberán estar justificadas y comunicadas con antelación al día de la convocatoria, siempre que ello sea posible.
                6. Las ausencias injustificadas a los partidos o no comunicadas serán motivo de sanción.
                7. El jugador no convocado deberá estar a disposición del Club durante el tiempo que dure la convocatoria, debiendo indicar la forma de ser localizado en caso necesario.
                8. Es potestad del entrenador sancionar las faltas de puntualidad a las convocatorias.
                9. Los jugadores que no puedan jugar por tener alguna lesión o sanción procurarán asistir a los partidos con sus compañeros de equipo, teniendo obligada la asistencia a los jugados en casa.
                10. Sólo podrán viajar con la expedición oficial los jugadores, entrenadores y delegados de los equipos. Salvo en aquellas expediciones que se autorice el viaje de familiares o acompañantes, con las siguientes condiciones:
                  • La adjudicación de las plazas será por rigurosos orden: de inscripción, siempre con preferencia de los socios.
                  • Todos los acompañantes estarán sometidos al protocolo establecido por el Club en cuanto a distribución de plazas, paradas en ruta, comidas, horarios, etc.
                  • El precio establecido por el Club será determinado cada temporada por persona y según coste de cada desplazamiento que deberá ser abonado al delegado, como ayuda a los gastos del mismo.
                  • Queda totalmente prohibido, fumar dentro del autocar, hacer comentarios respectivos al equipo, así como posteriores al partido.

13.2. PARTICIPACIÓN

                  1. Los entrenadores de los equipos utilizarán en cada partido a los jugadores que, a su juicio y en cada momento, considere más oportuno.
                  2. Durante el desarrollo del partido, incluidos los descansos, el jugador sólo atenderá a las instrucciones y recomendaciones del entrenador y sus ayudantes.
                  3. Los entrenadores podrán disponer de jugadores de otras plantillas solicitándose lo al Coordinador. Este jugador le será adjudicado cuando lo considere oportuno el Coordinador.
                  4. El jugador deberá observar en los partidos el comportamiento, disciplina, dedicación, esfuerzo y motivación adecuados para contribuir al éxito del equipo.
                  5. Serán consideradas graves aquellas faltas de corrección, deportividad y disciplina en el terreno de juego, aunque no hayan sido objeto de sanción técnica o federativa.

14. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

14.1. COMITÉ DISCIPLINARIO

            1. El Comité Disciplinario es un órgano colegiado compuesto por el Presidente del Comité, dos vocales y el Director Deportivo.
            2. El cargo de Presidente del Comité será ejercido por el Presidente del Club, en caso de ausencia, será sustituido por el Vicepresidente del Club o, en su caso, por el vocal de mayor antigüedad en el Club.
            3. El Comité disciplinario tiene la potestad para sancionar las infracciones cometidas por cualquier miembro del Club.
            4. El régimen sancionador se entiende sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad civil o penal y administrativa, que se regirá por sus normas correspondientes.

14.2. INFRACCIONES Y SANCIONES

        1. Son infracciones las acciones u omisiones que perjudiquen el desarrollo normal de las relaciones y actividades deportivas del Club.
        2. Son punibles las infracciones consumadas y las infracciones en grado de tentativa. Ésta existe, cuando el culpable da principio a la ejecución del hecho que constituye la infracción y no se procede el resultado por causa o accidente que no sea su propio y voluntario desistimiento.
        3. La tentativa se castigará con la sanción inferior a la prevista para la infracción consumada.
        4. Son circunstancias atenuantes de la responsabilidad:
          • Arrepentimiento espontáneo.
          • Haber precedido, inmediatamente a la consumación de la infracción, una provocación suficiente.
          • No haber sido sancionado por los mismos hechos o similares, con anterioridad, en el transcurso de su vida deportiva.
        5. Son circunstancias agravantes de la responsabilidad:
          • La reincidencia. Hay reincidencia cuando el autor de la infracción hubiese sido sancionado, por resolución firme, por cualquier infracción de igual o mayor gravedad, o por dos o más que lo fueren de una gravedad menor. La reincidencia se entenderá producida en el transcurso de un año, contando a partir del momento en que se haya cometido la infracción.
          • Las infracciones cometidas por quienes, especialmente por razón del cargo que ejercen, están obligados a velar y salvaguardar el buen orden deportivo.
        6. Las infracciones prescribirán al año, a los tres meses, al mes, según se de trate muy graves, graves o leves, respectivamente, comenzándose a cortar el plazo de preinscripción el mismo día en que la infracción se hubiese cometido.
        7. Las infracciones pueden ser: leves, graves o muy graves.

Son infracciones leves, que serán sancionadas con la suspensión de uno a dos partidos:

    • La falta de asistencia injustificada a los actos programados por el Club, ya sean entrenamientos, partidos o de cualquier otra índole.
    • No comunicar al entrenador o Directiva del Club la imposibilidad de acudir a los partidos, entrenamientos o actos o expresiones de desconsideración, menosprecio, o proferir insultos contra ellos.
    • La leve falta de respeto a entrenadores, directivos, jugadores, árbitros o público en general, o dirigirse a ellos con actos o expresiones de desconsideración, menosprecio, o proferir insultos contra ellos.
    • El intento de agresión o la agresión no consumada a cualquier de las personas indicadas anteriormente.
    • Provocar o incitar al público en contra de la buena marcha del encuentro.
    • Abandonar, invadir o entrar en el terreno de juego sin autorización.
    • La falta de limpieza o causar daños de carácter leve en las instalaciones.
    • Las riñas o altercados entre jugadores del Club, independientemente de cual sea el equipo al que pertenezcan.
    • Sustraer o deteriorar material del Club de escasa entidad.
    • Las demás que, no estando tipificadas en los tipos anteriores, constituyan una leve infracción a las normas del presente Reglamento o a los Estatutos del Club.

Son infracciones graves, que serán sancionadas con suspensión de cuatro a doce partidos:

        • Amenazar, coaccionar o realizar actos vejatorios de palabra o de obra, insultar u ofender de forma grave o reiterada a cualquier miembro del equipo arbitral, dirigente de Club, o directivo o empleado de la F.A.F., Comité o Liga, o espectador.
        • La agresión a cualquier jugador, entrenador o miembro de los equipos contrincantes.
        • Provocar la interrupción anormal de un encuentro.
        • Causar daños de carácter grave en las instalaciones deportivas.
        • La agresión consumada a cualquier miembro del equipo arbitral, dirigente de Club, o directivo o empleado de la F.A.F. Comité o Liga, o espectador.
        • La realización de actos que provoquen la suspensión definitiva del encuentro.
        • Sustraer o deteriorar material causando un grave perjuicio al Club.

Son infracciones muy graves, que serán sancionadas con la expulsión del Club:

      • La agresión a un componente del equipo arbitral, directivo o empleado de la Federación Asturiana de Fútbol, Comité o Liga, dirigente, jugador, entrenador o miembro del equipo contrario, espectador o, en general, a cualquier persona, cuando aquella acción sea especialmente grave o lesiva.

14.3. PROCEDIMIENTO

            1. El procedimiento disciplinario se iniciará de oficio por iniciativa propia del órgano competente o en virtud de denuncia debidamente fundamentada.
            2. Será obligado e inexcusable en todo procedimiento, el trámite de audiencia a los interesados, para el cual serán emplazados, otorgándoles un plazo máximo de siete días hábiles, a fin de que puedan ejercer su derecho a formular alegaciones o utilizar los medios de defensa admitidos.
            3. Toda resolución que afecte a los interesados en el procedimiento disciplinario será notificada a aquellos, en el plazo más breve posible, con el límite máximo de diez días hábiles a partir de la fecha que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto integro del acuerdo.
            4. Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por los interesados.
            5. El plazo para formular recursos o reclamaciones se contará a partir del día siguiente hábil al de la notificación de la resolución.
            6. Contra la resolución del Comité de Disciplina del Club, no cabe recurso alguno.